fbpx

Consecuencias legales y laborales por lanzar insultos racistas o discriminatorios

Los actos de discriminación no solo pueden derivar en procesos penales, sino también en consecuencias dentro del ámbito laboral. Abogados especialistas explican los posibles escenarios.
Un reciente episodio en el Metropolitano volvió a poner en agenda el debate sobre los insultos racistas y sus consecuencias legales. La Fiscalía abrió investigación preliminar contra la ciudadana Alejandra Argumedo, una joven que fue grabada profiriendo expresiones discriminatorias y agresiones contra pasajeros en una de sus unidades.
El Ministerio Público evalúa el caso como presunto delito de discriminación, recogiendo testimonios y revisando las cámaras de seguridad del bus.

Más allá del hecho puntual, la situación plantea preguntas importantes: ¿Qué sanciones penales pueden aplicarse ante insultos racistas en espacios públicos? ¿y qué repercusiones podrían tener en el ámbito laboral, incluso si ocurren fuera del centro de trabajo? Gestión conversó con el abogado penalista Mario Amoretti Navarro y con el abogado laboralista Alejandro Navarrete, para resolver estas dudas.

El marco penal

El penalista Mario Amoretti Navarro explica que no todo insulto constituye delito de discriminación, aunque sí puede configurar una injuria, tipificada en el artículo 130 del Código Penal.
“El insulto en general ya es un delito, pero de acción privada, es decir, requiere que la víctima interponga directamente una querella ante el juez. En este caso, la sanción suele ser una multa”, aclara.
La situación cambia si el insulto incorpora un componente discriminatorio.

“Cuando se distingue, excluye o restringe a alguien por motivos raciales, religiosos, de sexo, edad, entre otros, ya no hablamos solo de injuria, sino de discriminación (artículo 323 del Código Penal). Este delito es de acción pública, por lo que interviene directamente el Ministerio Público y puede sancionarse con hasta tres años de prisión o con jornadas de prestación de servicios a la comunidad”, indica Amoretti.
Sobre la necesidad de que los insultos sean públicos, precisa que no es requisito indispensable.
“Puede ser en un espacio privado y aún así configurar delito. Lo que importa es la motivación discriminatoria”, señala.

Además, enfatiza que la libertad de expresión no es un derecho absoluto: “Tiene como límite no incurrir en conductas delictivas, y la discriminación es una de ellas”.

 

El impacto laboral

 

Por su parte, el laboralista Alejandro Navarrete recuerda que la relación laboral se rige por el principio de buena fe, lo que implica que el trabajador debe abstenerse de realizar actos que perjudiquen a su empleador, incluso fuera de la jornada.
“Existen conductas extralaborales que pueden afectar la imagen institucional o la confianza del empleador, y eso puede justificar sanciones disciplinarias e incluso un despido”, explica.
Navarrete sostiene que no todo acto racista cometido en la vida privada generará consecuencias laborales, sino que dependerá del contexto.

“Si el trabajador portaba el uniforme de la empresa al momento del insulto, o si la conducta se viralizó en redes sociales y dañó la reputación del empleador, la sanción podría ser más grave. Lo mismo si se trata de un empleado de confianza o un directivo, porque se espera de ellos un mayor nivel de compromiso ético”, señala.
El abogado agrega que ya existen precedentes judiciales en los que se validaron despidos por conductas extralaborales que afectaban directamente los valores de la organización. Sin embargo, advierte que el empleador debe actuar con cautela: “Antes de sancionar o despedir, la empresa debe iniciar un procedimiento disciplinario formal, siguiendo lo establecido por la normativa laboral. De lo contrario, corre el riesgo de que el trabajador demande por despido arbitrario o nulo”.

 

Un doble riesgo

Tanto en el ámbito penal como en el laboral, los especialistas coinciden en que los insultos racistas tienen un alto costo.
En lo penal, pueden derivar en un proceso por discriminación con sanciones que van desde multas hasta prisión.
En lo laboral, incluso si ocurren fuera del centro de trabajo, pueden afectar la relación con el empleador y desembocar en sanciones internas o despido, sobre todo cuando comprometen la imagen de la organización.
En conclusión, los insultos racistas no solo generan rechazo social, sino que también tienen consecuencias jurídicas concretas. Y como subraya Navarrete, “la vida privada del trabajador no es un espacio exento de responsabilidades, sobre todo cuando sus actos dañan la reputación o valores de la empresa para la que labora”.

 

 

Fuente: Gestión