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¿Trabajarás el 1 de noviembre? Conoce cuánto te deben pagar por hacerlo en feriado nacional

Para muchas empresas, laborar en feriado puede representar una oportunidad para aumentar la producción o las ventas, especialmente en sectores como gastronomía, turismo, transporte interprovincial, entretenimiento o comercio.

Por ello, algunos empleadores acuerdan con sus trabajadores disfrutar el descanso en una fecha distinta. Sin embargo, cuando no se otorga ese descanso sustitutorio y se labora durante el feriado, corresponde un pago adicional obligatorio.
¿Cómo se calcula el pago por trabajar en feriado?
Supongamos que una jornada laboral equivale a S/ 50. En ese caso, el trabajador recibirá:
S/ 50 por el día feriado (ya incluido en su remuneración mensual).
S/ 50 por el trabajo realizado.
S/ 50 adicionales por la sobretasa del 100 %.
En total, percibirá S/ 100 extra por haber trabajado ese día feriado, como lo sería si se labora el próximo 1 de noviembre, feriado nacional por el Día de Todos los Santos.
Las empresas que incumplan con este derecho incurren en una infracción muy grave, sancionable con multas que van desde S/ 1,230.50 hasta S/ 281,035.50, según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
Feriado vs. día no laborable
En los feriados nacionales, los trabajadores descansan con goce de haber o, si laboran, reciben el pago con sobretasa o un descanso compensatorio.
En cambio, los días no laborables aplican principalmente al sector público, y deben compensarse posteriormente.
Feriados que restan en 2025:
1 de noviembre: Día de Todos los Santos
8 de diciembre: Inmaculada Concepción
9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
25 de diciembre: Navidad
26 de diciembre: Día no laborable para el sector público
La Sunafil recordó que estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio y exhortó a los empleadores a planificar con anticipación para garantizar el respeto de los derechos laborales.
Fuente: El Peruano