IMPLICAN INGRESOS QUE NO SUPERARON LAS 2,300 UIT
Representan más del 99% de empresas y personas en zonas con alerta extrema o muy alta.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) prorrogó el vencimiento de las declaraciones y pago de las obligaciones tributarias de enero del presente año, a favor de las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas, ubicadas en los departamentos de nivel extremo y de muy alto contagio del covid-19.
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 16-2021/Sunat, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se precisa que esta facilidad beneficia a los contribuyentes que durante el 2020 tuvieron ingresos anuales de hasta 2,300 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 9 millones 890,000 soles.
Connotación
Esta medida alcanza a cerca de 8.5 millones de contribuyentes cuyos ingresos no superaron las 2,300 UIT, que representan más del 99% de las empresas y personas cuyo domicilio fiscal se encuentra ubicado en los departamentos clasificados con nivel de alerta extremo o muy alto.
Los nuevos plazos para efectuar la declaración y pago del impuesto general a las ventas (IGV), impuesto a la renta (IR) e impuesto selectivo al consumo (ISC), entre otros, correspondiente al periodo enero de este año, serán ahora del 12 al 22 de marzo, teniendo en cuenta el cronograma de obligaciones tributarias mensuales previamente establecido, según el último dígito del RUC.
Esta prórroga también incluye las fechas máximas de atraso del registro de ventas, así como del registro de compras electrónicas.
Los departamentos que se consideraron de alerta extrema y donde se aplica la inmovilización social obligatoria son: Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac y Lima.
En tanto, los de alerta muy alta son: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.
En estas regiones, las medidas para evitar la propagación de la pandemia contemplan la realización de actividades económicas con algunas restricciones, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 008-2021-PCM.
Precisión
La Sunat detalla además que las unidades ejecutoras y entidades del que forman parte del texto único actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del sector público nacional de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2001-PCM deben entregar a la Sunat la información que corresponda a las adquisiciones de bienes y/o servicios de diciembre del 2020, en las fechas de vencimiento de enero del 2021.
Para mayor información, los contribuyentes se pueden comunicar al 0-801-12-100 o 315-0730 y desde su celular llamando al *4000.
Fuente: Diario El Peruano