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CTS: obligaciones, derechos y plazos que deben cumplir empleadores y trabajadores

A pocos días de que se cumpla el plazo máximo semanas del depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), fondo que protege al trabajador ante el desempleo o un cese laboral, surgen algunas dudas sobre cómo calcular correctamente el monto, cuáles son las obligaciones de las empresas y en qué casos los trabajadores pueden disponer de ese dinero.

El abogado Eric Castro Posadas explicó que este beneficio, en el ámbito del sector privado, se aplica a los trabajadores que están en planilla y laboren al menos 4 horas diarias o 20 semanales, y también comprende a quienes pertenecen a pequeñas empresas (a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios hasta alcanzar un máximo de 90 remuneraciones diarias).
De igual forma, le corresponde a los trabajadores del hogar que cumplan la jornada mínima establecida; ya los trabajadores agrarios, quienes pueden recibir el depósito de manera semestral o diaria, según su elección.
En el caso del sector público, el pago de la CTS corresponde a los servidores contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda que este beneficio se genera luego de haber laborado, como mínimo, un mes completo dentro del semestre respectivo. En cambio, quienes perciben una Remuneración Integral Anual (RIA) no acceden a este derecho.
Para calcular el monto que corresponde, el socio del Área Laboral del estudio Miranda & Amado, sostuvo que deben considerarse distintos componentes de la remuneración fija y variable del trabajador. En el caso de las remuneraciones fijas, se incluyen el sueldo básico y la asignación familiar (cuando aplica). 
En cuanto a las remuneraciones variables, se contemplan las horas extras, bonificaciones -que deben haber recibido al menos tres veces durante el semestre para ser computadas-, comisiones y una sexta parte de la última gratificación recibida en julio, excluyendo la solicitud extraordinaria.
 
«En ese sentido si, por ejemplo, el sueldo base de un trabajador con hijos es de 2.000 soles, se le sumará 113 soles de asignación familiar, más el promedio de variables (de haber, en este caso no es así) y lo correspondiente a la gratificación (352.16 soles). El total (2.456.16 soles) se dividirá entre 12 y multiplicará por los seis meses de trabajo, lo que dará como resultado, en este caso, 1.232,58 soles”, detalló.
Castro recordó que, de tener menos de seis meses trabajando, el cálculo se realizará de forma proporcional a ese período. Y, si se laboró menos de un mes no recibiría CTS, pero los días trabajados se sumarán al monto del siguiente período.
Multas
En caso de incumplimiento, la Sunafil considera el no depósito o el depósito fuera de plazo de la Compensación por Tiempo de Servicios como una infracción grave. Las sanciones varían según el tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
En la actualidad, las multas pueden ir desde 2.407,50 soles hasta 24.075 soles para pequeñas empresas, y entre 8.399,50 soles y 139.742 soles para medianas y grandes compañías. 
Además, la falta de entrega de la hoja de liquidación del depósito también es sancionable, con multas que también se calculan en base al tipo de empresa y número de trabajadores afectados, advirtió el experto.
Fuente: El Peruano