Recientemente la Administración Tributaria se encuentra enviando cartas de cobranza de deudas tributarias generadas desde el año 2000, incluyendo los intereses correspondientes; para esto es importante conocer la responsabilidad solidaria que se puede generar respecto a los pagos que pueden imputarse a los representantes solidarios.
Por ello, es necesario revisar los supuestos de responsabilidad solidaria y evaluar alternativas de respuesta ante estas acciones inductivas de la SUNAT.