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IA: empresas deben revisar sus procesos de recursos humanos

La importancia de que las empresas revisen sus procesos de recursos humanos y las herramientas digitales que emplean para verificar si necesitan adecuarse a las nuevas exigencias establecidas en el Reglamento de la Ley N° 31814, Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país, expresó el abogado Eric Castro Posadas.

El letrado sostuvo que “las organizaciones deberán implementar protocolos de control y documentación para no incurrir en infracciones, pero también capacitar a quienes gestionan los procesos”.

“Más allá de la obligatoriedad legal, esta es una oportunidad para fortalecer la confianza entre los trabajadores y empleadores, así como generar cambios positivos en un contexto de creciente digitalización”, recalcó.

Riesgo alto

El experto manifestó que el cuerpo normativo reconoce la importancia de la inteligencia artificial (IA) para el desarrollo económico y social, pero fija como “riesgo alto” su aplicación en la gestión de personal, en especial cuando se utiliza para determinar procesos de selección, evaluación, contratación de personal, cese de trabajadores o postulantes a un puesto de trabajo, así como establecer las condiciones laborales.

De acuerdo con la norma, también se considera de riesgo alto el uso de sistemas basados en IA que infieran emociones de los trabajadores en los entornos laborales, refirió el socio del estudio de abogados Miranda & Amado.

Castro señaló que la única excepción será cuando el sistema (basado en IA) esté destinado a que instale o introduzca por motivos médicos o de seguridad.

La regulación establece, además, que todo sistema de IA debe estar sujeto a supervisión humana, de manera que sus decisiones resulten éticas, justas y respetuosas de los derechos fundamentales, anotó.

Asimismo, recalca, los desarrolladores e implementadores estarán obligados a hacer evaluaciones de impacto, documentar sus hallazgos y conservar esa información por un mínimo de tres años.

“Esta normativa representa un avance en la adecuación del marco legal peruano a las tendencias internacionales en materia de inteligencia artificial. Se trata de un paso necesario para equilibrar la innovación tecnológica con la protección de los derechos laborales y humanos, y evitar formas de discriminación o estigmatización hacia los trabajadores”, recalcó el experto.

El especialista destacó, además, que el concepto de ‘riesgo alto’ adoptado en el reglamento se alinea con criterios aplicados, por ejemplo, en la Unión Europea, donde se evalúa no solo la finalidad del sistema de IA, sino también sus posibles consecuencias no deseadas.

“Este enfoque permitirá al país atraer inversión en tecnologías responsables, que las áreas de Gestión de Personas continúen por el camino de la innovación, pero garantizando que su aplicación no vulnere derechos fundamentales de los trabajadores o postulantes”, manifestó.

Disposiciones

El reglamento, que se aprobó por Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, tiene la finalidad de fomentar e impulsar el desarrollo y uso de la inteligencia artificial en las entidades públicas, organizaciones del sector privado, sociedad, ciudadanía y academia.

Además, busca promover el uso seguro, responsable y ético de sistemas basados en IA, que garanticen el respeto de los derechos humanos en el territorio nacional consagrados en la Constitución Política y en los tratados internacionales de los que el país es parte.

A la par, fija disposiciones para que el desarrollo, implementación y uso de sistemas basados en inteligencia artificial se realice de manera segura, ética, sostenible, transparente, replicable, responsable e inclusiva.

Las disposiciones del reglamento se aplicarán a las entidades de la administración pública establecidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, o norma que lo sustituya.

Figuran también las organizaciones que se encuentren en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), así como las empresas públicas de los gobiernos regionales y locales.

Se suman las organizaciones del sector privado, la sociedad, ciudadanos y la academia que integren el Sistema Nacional de Transformación Digital, en el contexto del proceso nacional de transformación digital, privilegiando a la persona y el respeto de los derechos humanos, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 31814.

Capacidades

El reglamento indica que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) promoverá y articulará con las entidades de la administración pública, organizaciones de la sociedad, la academia y el sector privado la identificación y provisión de cursos, programas, talleres y otras modalidades formativas para crear capacidades en IA mediante la Plataforma Nacional de Talento Digital.

Además, unirá esfuerzos con el Ministerio de Educación (Minedu) para la promoción del uso responsable, ético, transparente e inclusivo de la IA destinado al desarrollo de las competencias estudiantiles en el contexto del Currículo Nacional de la Educación Básica, con el objetivo de preparar al alumnado para el futuro digital, promoviéndose la igualdad y el cierre de brechas.

Asimismo, se impulsará la formación del personal docente en inteligencia artificial y tecnologías digitales para su aprovechamiento pedagógico en las instituciones educativas públicas y privadas, señala el cuerpo normativo.

 

Formación

El Ministerio de Defensa promoverá la formación de capacidades orientadas al ámbito de la Seguridad y Defensa Nacional, para lo cual articulará con la SGTD, la academia y empresas.

 

Fuente: El Peruano