Sunafil: retorno presencial de madres lactantes no puede imponerse unilateralmente

Más de 500 denuncias recibió la Sunafil por incumplimientos de los derechos de las madres trabajadoras

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que se registraron 551 denuncias entre el 2025 y lo que va de este año por incumplimientos de los empleadores respecto a los derechos que tienen las madres trabajadoras. La mayoría de las denuncias proviene de los sectores de servicios inmobiliarios, comercio, transportes y agricultura.

Esta información fue brindada con ocasión del Día de la Madre, que se celebra este domingo 10 de mayo.
Teniendo en cuenta la importancia de la lactancia materna como mecanismo de conciliación de la vida familiar y laboral de las mujeres, la Sunafil recuerda que los empleadores deben promover el uso del lactario institucional, mediante diversas acciones, entre estas, las campañas de sensibilización.
En ese sentido, es obligatorio contar con un espacio adecuado para la implementación del lactario. Esta obligación recae en los empleadores que cuenten con 20 o más trabajadoras en edad fértil, comprendida entre los 15 a 49 años de edad.
En cuanto al permiso por lactancia, las trabajadoras tienen derecho a una hora diaria hasta que su hijo cumpla un año de edad. Este permiso puede ser fraccionado en dos periodos iguales y debe ser otorgado dentro de su jornada laboral. Cabe señalar que la hora de lactancia se considera efectivamente laborada, es decir, no genera descuentos.
Derechos de las madres trabajadoras
Nuestro país cuenta con una serie de leyes que protegen a la madre trabajadora en materias tales como el descanso pre y posnatal, la protección contra el despido nulo, el permiso por lactancia materna, la implementación de lactarios, la protección a la mujer gestante en situaciones de riesgo, así como los subsidios por maternidad y lactancia.
Disposiciones sobre el teletrabajo
El empleador debe priorizar a las poblaciones vulnerables para la prestación de servicios bajo la modalidad de teletrabajo. En ese marco, evaluará la posibilidad de que las trabajadoras gestantes y lactantes continúen desarrollando sus labores bajo esta modalidad. Concluida esta etapa, el eventual retorno a la presencialidad deberá adoptarse de común acuerdo entre las partes y conforme a la normativa vigente, no pudiendo imponerse de manera unilateral por el empleador.
La Sunafil brindó esta información para que los directivos de las empresas y compañías, consideren realizar gestiones al interior de sus empresas –sin importar el tamaño de estas–, en favor de las madres trabajadoras.
Fuente: El Peruano