Un total de 241 denuncias por presuntos actos de hostigamiento sexual laboral recibió la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) entre enero de 2025 y la fecha.
Las actividades económicas con mayor número de denuncias corresponden a los sectores de restaurantes y centros de llamadas (call center).
En el mismo periodo, en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), se emitieron —entre primera y segunda instancia— 79 resoluciones de multa, por un monto total ascendente a S/ 1 966 924.
Esta información fue proporcionada por la Sunafil con ocasión del “Día de lucha contra el hostigamiento sexual en el ámbito laboral”, que se conmemora cada 27 de febrero.
Medidas inmediatas en favor de la víctima
La entidad recordó a los empleadores que, ante la presentación de una denuncia por hostigamiento sexual, deben poner a disposición de la presunta víctima, en un plazo no mayor de un (1) día hábil, los canales de atención médica, física, mental o psicológica correspondientes.
De no contar con dichos servicios, el empleador deberá gestionar la derivación a establecimientos de salud públicos o privados a los que pueda acudir la víctima.
Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la interposición de la denuncia, el empleador debe adoptar medidas de protección en favor de la presunta víctima, lo que puede incluir la rotación o el cambio de lugar de trabajo del presunto hostigador.
De igual forma, si la víctima lo solicita, podrá disponerse su rotación o el cambio de centro de trabajo.
Otra medida posible consiste en coordinar con la autoridad competente la emisión de órdenes que impidan el acercamiento o proximidad del presunto hostigador respecto de la víctima, cuando las circunstancias lo ameriten.
Infracciones y sanciones
Para la determinación de la sanción, el inspector de la Sunafil evalúa la naturaleza del incumplimiento y, de ser el caso, deja constancia del carácter insubsanable de la infracción correspondiente.
Cabe precisar que las empresas que no implementen un procedimiento adecuado frente a denuncias de hostigamiento sexual pueden incurrir en infracciones calificadas como insubsanables, al tratarse de actos de violencia que afectan la dignidad e integridad de la persona.
Al constituir infracciones muy graves, las multas pueden oscilar entre S/ 1 265 y S/ 288 915, dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados.
Fuente: El Peruano