Día de San Valentín: qué hacer para deducir gastos en esta fecha

En la fecha en la que se celebra el Día de la Amistad y el Amor, 14 de febrero, es propicia la oportunidad para precisar que los usuarios y consumidores podrán deducir los gastos que, por ejemplo, efectúen hoy en hoteles, restaurantes y otros establecimientos similares, para el pago del impuesto a la renta (IR).

Entonces surge una natural interrogante: ¿Qué se debe hacer para aprovechar los pagos de una cena romántica y obtener futuras devoluciones de tributos abonados en exceso? La abogada Fabiana Pacheco Chiu tiene a su cargo la respuesta.

Los trabajadores independientes o dependientes podrán deducir los gastos efectuados en hoteles, restaurantes y otros, siempre que se encuentren sustentados en un comprobante de pago aprobado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y que los abonos hayan sido bancarizados, según corresponda, explicó.

 

Tope

La asociada del estudio de abogados Dentons Perú subrayó que esa deducción procederá por el 15% del gasto efectivamente pagado, con un tope máximo de 3 unidades impositivas tributarias-UIT (solo o junto a otros conceptos deducibles) para el ejercicio 2025. La UIT se fijó para este año en 5,350 soles.

“Los consumidores deberán solicitar al establecimiento la emisión de una boleta de venta electrónica, ticket POS, ticket monedero electrónico, factura electrónica, nota de crédito y nota de débito electrónica, con su número de Documento Nacional de Identidad (DNI)”, detalló.

La abogada resaltó que si el monto a pagar es por 2,000 soles o 500 dólares a más se deberá utilizar cualquier medio de pago, tales como depósito en cuenta, tarjeta de débito o crédito, entre otros, a fin de cumplir con el requisito de la bancarización.

En declaraciones al Diario Oficial El Peruano, Pacheco lanzó otra pregunta ¿Qué deben reclamar y fijarse los clientes en las boletas y/o facturas?

 

Datos

En los comprobantes de pago citados se identificará al usuario con el número de su DNI en el campo “DNI” o de su Registro Único de Contribuyente (RUC) en el de “RUC”. Para las personas naturales extranjeras domiciliadas en el país se les identificará con su número de RUC, anotó.

“Es importante que la información esté registrada en los campos correctos, ya que, de encontrarse en otros, por ejemplo, el de “observaciones”, el sistema de la Sunat no reconocerá al consumidor y no procederá con la deducción del gasto”, alertó.

La letrada recordó que la norma no establece limitaciones a los establecimientos; sin embargo, para que el gasto sea deducible, el hotel o restaurante deberá encontrarse activo en el RUC; y mantener la condición de habido ante la Sunat. En caso contrario, deberá regularizar esa condición al 31 de diciembre del 2025.

 

Además, tener registrado únicamente en el RUC como actividad económica principal y de ser el caso secundaria en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) 55–hoteles y hospedajes y 56–restaurantes, bares y cantinas, refirió.

De acuerdo con la Sunat, la devolución de tributos se registra por un pago indebido del contribuyente o por un abono en exceso. Se genera por una solicitud del interesado; como consecuencia de un proceso de verificación o fiscalización; de un procedimiento contencioso tributario que la entidad lo reconozca; o por gastos deducibles, como el consumo en un restaurante, el servicio de un abogado o un gasfitero; o cuando el empleador retuvo en exceso.

Por tal motivo, la administración tributaria contará con la información respectiva en sus sistemas de todos los ingresos, gastos deducibles y retenciones. De esta manera, obtendrá el saldo a favor de corresponder.

 

Mientras, la devolución de oficio es un trámite que empezará la Sunat para retornar el saldo a favor del impuesto a la renta anual, sin necesidad de gestiones adicionales, salvo informar el Código de Cuenta Interbancario (CCI) que permita a la entidad efectuar el abono en una cuenta bancaria. Esta devolución se iniciará el 10 de junio 2025, de acuerdo con lo fijado en el Decreto de Urgencia N° 025-2019.


Información necesaria

Los contribuyentes que perciben rentas de trabajo (cuarta y/o quinta categorías) podrán recibir la devolución de oficio siempre que no tengan Rentas de Fuente Extranjera que deban ser sumadas a estas y que la Sunat cuente con la información necesaria en sus sistemas.

La devolución de oficio la depositará la Sunat mediante abono en cuenta, por lo que el contribuyente deberá tener registrado su Código de Cuenta Interbancario en el sistema de la Sunat.

Para registrar ese CCI, el interesado deberá ingresar a Mis Trámites y Consultas con su usuario y clave SOL; hacer clic en CCI Único y seguir la ruta CCI Único-DRAWBACK/SPOT/DEVOLUCIONES/Inscripción CCI Único Registro CCI Único. En forma adicional, el ciudadano deberá tener en cuenta diversos aspectos para el registro del CCI. Así, la cuenta de ahorros no deberá corresponder a una de CTS; será en moneda nacional, abierta en una empresa del sistema financiero nacional y de titularidad exclusiva del contribuyente, la cual podrá ser comunicada con la clave SOL.

 

Asi, una vez registrado el CCI, de haberse validado, y de encontrarse como beneficiario de la devolución de oficio, la Sunat emitirá una resolución donde resuelve abonar el importe que el contribuyente tiene a su favor.

 

Fuente: Diario El Peruano