Trabajadoras podrán acceder a licencia con goce de haber para exámenes preventivos de cáncer
En el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, especialistas en derecho laboral recordaron que las trabajadoras en el Perú tienen derecho a solicitar una licencia con goce de haber para realizarse exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino, conforme a la Ley N.° 31561 y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 001-2024-SA.
En efecto, la normativa establece que las trabajadoras pueden acceder a un día al año de licencia remunerada para someterse a estos exámenes preventivos, como parte de las medidas orientadas a fortalecer la atención especializada oncológica y promover la prevención del cáncer en mujeres.
Para acceder a este beneficio, la trabajadora debe presentar ante su empleador la programación de los exámenes junto con una solicitud simple dirigida a su jefatura inmediata, la cual será derivada al área de Recursos Humanos, precisa un informe legal del Estudio Osterling Abogados.
Además, la solicitud debe efectuarse con una anticipación mínima de tres días hábiles, con el fin de que la empresa pueda organizar las labores internas y garantizar la continuidad de las operaciones.
Posteriormente, la trabajadora deberá presentar la constancia de atención médica dentro de los tres días hábiles siguientes de haberse realizado el examen.
El informe también precisa que esta licencia no debe ser compensada y que el costo es asumido íntegramente por el empleador, por lo que no corresponde solicitar financiamiento a EsSalud.
Asimismo, se advierte que el incumplimiento de esta obligación constituye una infracción muy grave en materia laboral. Los especialistas subrayan además que este beneficio es distinto al regulado por la Ley N.° 31479, que contempla licencias compensables para otros exámenes oncológicos preventivos generales.
Fuente: El Peruano