Para el periodo diciembre 2025 – febrero 2026, el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) reconocerá una cobertura máxima de S/ 116 700, según lo dispuso la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) mediante la Circular Nº F-615-2025.
Este límite representa el monto que el Fondo garantiza a los depositantes en caso de intervención o liquidación de una entidad financiera, y forma parte del mecanismo de protección del ahorro que opera trimestralmente en el sistema financiero peruano.
La SBS detalló que la actualización corresponde al proceso regular previsto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, Ley Nº 26702. De acuerdo con esta norma, la Superintendencia debe revisar cada trimestre el monto de cobertura para asegurar que este refleje adecuadamente los cambios económicos.
Para el cálculo, se tomó en cuenta la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM) acumulada entre diciembre de 1998 y noviembre de 2025, que alcanzó un factor de 1.88163879.
Asimismo, la entidad recordó que los artículos 18 y 153 de la Ley General establecen el marco legal bajo el cual se actualiza el FSD, mientras que la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria dispone la publicación de la circular correspondiente. Estas actualizaciones permiten preservar el valor real de la cobertura y sostener la confianza del público en las instituciones financieras supervisadas.
La circular fue suscrita por el superintendente de Banca, Seguros y AFP, Sergio Javier Espinosa Chiroque, quien reafirmó el compromiso de la SBS con la estabilidad del sistema financiero y la protección del ahorro de millones de peruanos. La medida entra en vigor con su publicación oficial y rige durante el trimestre señalado.
Fuente: El Peruano