Con el objetivo de fortalecer la competitividad del país, agilizar las operaciones logísticas y modernizar la gestión aduanera, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N.° 076-2026-EF, mediante el cual se introducen modificaciones al Reglamento de la Ley General de Aduanas y a la Tabla de Sanciones, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Las modificaciones buscan consolidar un equilibrio adecuado entre el control aduanero y la facilitación del comercio exterior, promoviendo procesos más ágiles, previsibles y eficientes para los operadores de comercio exterior.
Uno de los principales cambios incorporados es la regulación de la opción de “sustitución de la sanción de comiso por multa”, medida que permitirá evitar la pérdida definitiva de mercancías en determinados supuestos vinculados al tránsito o transbordo internacional.
De esta manera, los transportistas que sean objeto de una acción de control extraordinaria y se detecte la omisión de consignar carga o la hayan declarado con errores en el manifiesto de carga, podrán acogerse al pago de una multa en reemplazo del comiso, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 145A y 145B incorporados al Reglamento de la Ley General de Aduanas.
Para acceder a esta sustitución, las mercancías no pueden ser armas, explosivos, prohibidas, patrimonio cultural, entre otras; asimismo, los operadores contarán con un plazo de diez (10) días para acogerse a esta opción.
Fuente: El Peruano