Empleadores: cierren el año sin sanciones. Paguen la gratificación antes del lunes 15 de diciembre

La gratificación de diciembre debe ser pagada durante la primera quincena del mes, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 27735. Este año, el 15 de diciembre cae lunes, por lo que se recomienda a los empleadores efectuar el depósito hasta el último día hábil previo, en caso dicha fecha fuera declarada no laborable.

Para acceder a la gratificación de Navidad, los trabajadores deben pertenecer al régimen laboral privado y haber laborado, al menos, un mes calendario completo entre julio y diciembre de 2025.
Cálculo del monto
La abogada Mónica Pizarro, socia de Echecopar, explica que la gratificación equivale a una remuneración ordinaria mensual dividida entre seis y multiplicada por los meses completos trabajados en el semestre. Para recibir el monto íntegro, el trabajador debe haber laborado desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025 sin inasistencias injustificadas. Este beneficio no está sujeto a aportes pensionarios, aunque sí forma parte de la base imponible del Impuesto a la Renta.
Además, junto con la gratificación se otorga una bonificación extraordinaria del 9% sobre su valor, o del 6,75% para trabajadores afiliados a una EPS.
Por ejemplo, un trabajador con sueldo de S/3,000, sin EPS y con labores iniciadas el 1 de julio, recibirá S/3,270. En cambio, si ingresó el 1 de septiembre y cuenta con EPS, el monto será S/2,135.
Pizarro recuerda que factores como el régimen empresarial y el tiempo laborado pueden influir en el cálculo. Para facilitar esta tarea, SUNAFIL ha puesto a disposición la Calculadora Laboral, que permite estimar el monto utilizando el DNI y el RUC de la empresa.
Multas por incumplimiento
Las empresas que no paguen la gratificación dentro del plazo pueden recibir sanciones. En las pequeñas empresas, las multas van desde S/2,227.50 hasta S/22,275. En las grandes, entre S/8,085.50 y S/134,518.
Quiénes reciben la gratificación
-Trabajadores del régimen privado
-Trabajadores del hogar
-Trabajadores de pequeñas empresas (reciben la mitad de la gratificación regular)
-Trabajadores del régimen agrario
Fuente: El Peruano