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Ley de Promoción Agraria: dificultades por diferenciación del personal y contratos preferentes

Nueva ley solo regiría sobre operarios de campo y planta. (Foto: GEC).

La Asociación de Gremios Productores Agrarios del Perú (AGAP) sostiene que entrega de bonos del 30% de la remuneración mínima a parte de los trabajadores podría perturbar clima laboral.

Luego de la publicación de dos reglamentos de la Ley de Promoción Agraria, a las empresas del sector les preocupan en especial dos aspectos del nuevo régimen. Uno es la diferenciación entre los trabajadores que recibirán los beneficios y los que no; mientras que el otro consiste en la contratación preferencial.

El director ejecutivo de la Asociación de Gremios Productores Agrarios del Perú (AGAP), Gabriel Amaro, señaló que la ley establece beneficios solo para los operarios de campo, no para el personal administrativo o de soporte técnico. Sin embargo, los administrativos están comprendido en la nueva ley, si desempeñan sus funciones sobre todo en los campos o plantas de la empresa.

Como es conocido, la ley promulgada en enero establece la entrega mensual de un bono agrario (BETA), equivalente al 30% de una remuneración básica, para los trabajadores comprendidos en este régimen. Es decir que este beneficio solo alcanzará a los operarios o administrativos que se desempeñen en campo o planta.

“Resultará complicada la diferenciación entre un personal y el otro, porque en las unidades productivas cada uno establece sus procesos. Además, la diferenciación generaría problemas de clima laboral, porque puede haber dos trabajadores con una carga laboral parecida, pero a uno se le considera como trabajador de campo y a otro como técnico”, explicó el vocero del gremio.

Incluso, señaló, podría suceder que si bien los trabajadores técnicos no recibirán el bono, sí lo hagan un ingeniero o un administrativo que trabajó en el campo. Entonces, si bien llevar a la práctica esta diferenciación será difícil, porque “generará problemas de clima laboral, pagar el BETA a todo el personal resultaría inmanejable”, agregó Amaro, quien reiteró su oposición a este incremento aprobado por el Congreso de la República.

Sobre este punto, el abogado laboralista Jorge Toyama sostuvo que la norma es poco clara con respecto a quiénes serán sus beneficiarios. “Un ingeniero agrario tiene derecho a la BETA y un mecánico no. El administrativo que trabaja en el campo tiene derecho al BETA, pero no los que se dedican al mantenimiento de máquinas”, expuso como ejemplos de lo que calificó como posible discriminación.

Según la ley reglamentada esta semana, el bono conocido como BETA equivale al 30% de la Remuneración Mínima Vital (RMC) y se entrega a los operarios de campo o planta que desempeñan jornadas de al menos cuatro horas diarias, mientras que se entrega un monto proporcional por jornadas de un menor número de horas. Se trata de un beneficio no remunerativo ni pensionable.

Otro aspecto importante abordado en el reglamento es el derecho de preferencia de contratación. Los trabajadores que se desempeñaron durante una temporada de cosecha gozan de prioridad para ser contratados en la temporada siguiente, por sobre otras personas.

Así pues, se obliga a las empresas a comunicarles a los trabajadores el inicio de las nuevas contrataciones, 15 días antes de que empiece una campaña. Este periodo le permitirá al trabajador ejercer su derecho de preferencia. “Es muy difícil convocar a los mismos trabajadores de la anterior campaña, debido a la geografía de los lugares donde se encuentran las cosechas. Es difícil llegar a todo el personal anterior. Es otra camisa de fuerza al desarrollo de la actividad económica”, expresó Amaro.

 

Fuente: Diario Gestión