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Permiten labor presencial a no vacunados

MINISTERIO DE SALUD ESTABLECE SUPUESTO EXCEPCIONAL

Trabajo puede efectuarse por 30 días en los puestos calificados como de bajo riesgo de exposición, señala.

A partir de la fecha, los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que no cuenten con el esquema completo de vacunación contra el covid-19 y cuya naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto pueden seguir realizando actividad laboral presencial excepcionalmente, durante un plazo máximo de 30 días calendario.

Esto siempre y cuando el puesto de trabajo esté clasificado como de “riesgo bajo de exposición” y los servicios sean prestados, durante toda su jornada laboral, en espacios al aire libre, detalla la Resolución Ministerial Nº 1302-2021/Minsa.

Lineamientos

Lo primero implica que el trabajo no requiera contacto con personas que se conozca o sospeche que están infectados con el covid-19, comentó el laboralista César Puntriano Rosas, socio del Estudio Muñiz.

A su vez, dijo, implica no tener contacto cercano y frecuente a menos de 1.5 metros de distancia con el público en general o que se pueda utilizar o establecer barreras físicas para desarrollar la actividad laboral.

En ese contexto, corresponderá al empleador verificar el cumplimiento de los mencionados requisitos o supuestos e informar a los trabajadores que de no contar con el esquema completo de vacunación una vez cumplido el citado lapso excepcional, operará de pleno derecho lo establecido en el numeral 14.7 del artículo 14 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, modificado por los decretos supremos N° 159-2021-PCM, N° 163-2021-PCM, N° 167-2021-PCM, N° 168-2021-PCM, N° 174-2021-PCM y N° 179-2021-PCM.

Para ello, se entiende por esquema completo de vacunación contra el covid-19 a la aplicación de la primera y segunda dosis, acreditado por su certificado de vacunación, o la aplicación de una dosis en caso de las vacunas que así lo requieran, señala la referida resolución ministerial.

Esto significa que no se incluye entonces la dosis de refuerzo, detalla el Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International en un reciente boletín electrónico.

Recomendaciones

El laboralista Jorge Luis Acevedo Mercado, socio de Benites, Vargas & Ugaz Abogados, recomienda a los empleadores identificar con claridad dentro de su plan de vigilancia de la salud frente al covid-19 los niveles de riesgo de sus puestos de trabajo para solo permitir que el personal que no cuente con el esquema de vacunación completa realice labores presenciales en los puestos calificados como de riesgo bajo de exposición de acuerdo con las pautas fijadas. Sugiere también a las empresas asegurarse de que el puesto al que regrese a laborar dicho personal esté bien calificado como de riesgo bajo de exposición. El experto saluda la medida excepcional y considera también necesario que se dicten medidas excepcionales para los trabajadores que por motivos médicos no sea recomendable que se vacunen.

 

Fuente: Diario El Peruano