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Sunat determina lineamientos

SANCIONES DE LA LEY DE ADUANAS

A tono con el fortalecimiento del fisco, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reguló los lineamientos para aplicar las sanciones de la Ley General de Aduanas.

Esto de acuerdo con lo previsto en el artículo 194 de dicha ley y en el artículo 248 de su reglamento, detalla la Resolución de Superintendencia Nº 000185-2021/Sunat, cuyo anexo incluye las infracciones y multas correspondientes.

Los lineamientos están referidos a las circunstancias de la comisión de la infracción; a la subsanación voluntaria de la conducta infractora; y a la condición de operador económico autorizado.

En ese contexto, se establece que el pago de la multa se dará por cumplido con la cancelación del monto rebajado, según un porcentaje indicado, más los intereses generados sobre el monto rebajado hasta el día de la cancelación.

Sin embargo, si el pago no corresponde al monto rebajado más los intereses, no procederá la aplicación de la rebaja y se considerará como pago a cuenta de la multa determinada conforme a la tabla de sanciones. Además, no procederá la devolución ni compensación de los pagos efectuados vinculados con las infracciones materia de la citada resolución.

 

Fuente: Diario El Peruano