La Sunat modificó el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario (CT), a efectos de brindar mayores incentivos para la regularización de la obligación relacionada con la presentación de las declaraciones correspondientes a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR) por rentas de primera y cuarta categoría y, la declaración anual de dicho tributo por rentas distintas a la de tercera categoría.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000355-2025/SUNAT, la sanción de multa aplicable a la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del CT, respecto de aquellas declaraciones, se graduará conforme a los criterios de subsanación (voluntaria o inducida) y/o pago que se especifican.
La aplicación de estos criterios como incentivo para la regularización de tales declaraciones permitirá a la Sunat ejecutar un control efectivo de la obligación de presentarlas.
Fuente: El Peruano