En el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que otorga el derecho a los trabajadores, tanto de los sectores público y privado, a solicitar descansar los días sábados por motivos religiosos. Y en ese caso tendrían que compensar las horas dejadas de laborar.
El proyecto de ley N° 4610/2022-CR, presentado por el congresista Juan Burgos (Podemos Perú), fue aprobado en la Comisión de Trabajo del Congreso, en la sesión realizada el pasado 4 de junio.
La iniciativa legislativa establece el día sábado como día no laborable compensable, a favor del trabajador público y privado que profese una religión que disponga dicho día como de descanso o de guardar, con la finalidad de ejercitar cabalmente el derecho fundamental de libertad religiosa.
“Las horas dejadas de laborar durante el día no laborable serán compensadas dentro de los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de la entidad pública o privada, en función a las necesidades propias de la empresa”, señala otro de los artículos del proyecto de ley, que ahora pasará a debatirse y votarse en una próxima sesión del pleno del Congreso.
En su exposición de motivos, la iniciativa legislativa sostiene que se busca garantizar el ejercicio de la libertad religiosa, pues muchas confesiones religiosas tienen al sábado como día de descanso o día para rendirle culto a Dios. Así, enumera las religiones ‘sabatistas’:
• Iglesia Soldados de la Cruz de Cristo.
• Iglesia Adventista del Séptimo Día.
• Iglesia Adventista del Séptimo Día Movimiento de Reforma.
• Iglesia Adventista del Séptimo Día de la Creación.
• Iglesia Advenimiento Séptimo Día Los Tres Ángeles.
• Iglesia de Dios (Israelita).
• Iglesia Bautista del Séptimo Día.
• Iglesia de Dios (Séptimo Día).
• Judaísmo mesiánico.
• Iglesia Bíblica del Séptimo Día.
• Iglesia Israelita del Nuevo Pacto.
Al respecto, el abogado laboralista Alfonso Marreros, asociado en el estudio DLA Piper Perú, refirió que la medida busca reforzar lo dispuesto en el 2010 a través de la ley de libertad religiosa.
Uno de los artículos de la citada ley señala que las personas tienen derecho a guardar el día de descanso que se considere sagrado en su religión “debiéndose armonizar los derechos de los trabajadores con los de la empresa”. No obstante, el posterior reglamento de la ley señala que el empleador mantiene el poder de dirección, es decir, será quien decida si otorga o no el descanso al trabajador.
La nueva iniciativa legislativa cambia este panorama, pues ahora el empleador estaría obligado a aceptar el pedido del trabajador. «De aprobarse esta norma, el trabajador podría compensar el domingo o con más horas de trabajo durante los días de semana, según las necesidades de la empresa”, refirió Marreros.
No obstante, se podrían generar complicaciones a las empresas cuando, debido a su organización, no requieran de una compensación más allá de los horarios ya establecidos. “En esos casos sí se generarían complicaciones para las empresas, cuando tienen horarios de trabajo más estrictos”, advirtió.
En ello coincidió Patricia Kcomt, gerente del área laboral y migratoria del estudio Valderrama Abogados. “Si bien la norma tiene una buena intención, va a generar complicaciones. Sobre todo en sectores que tienen operaciones de lunes a sábado, y que descansan los domingos, lo que generaría que el trabajador labore una hora más diaria en la semana, lo que generaría sobrecarga al trabajador, cansancio físico y mental”, sostuvo.
Agregó que también existe el riesgo de generar sobrecostos a las empresas que debido a su rubro, tienen alta actividad los sábados, por ejemplo los restaurantes, por lo que tendrían que contratar a
reemplazos para los trabajadores que se ausenten por temas religiosos.
También habría problemas en las empresas donde no se pueda compensar durante la semana, al tener un horario de cierre para todos y no se requiere que alguien trabaje más tiempo.
Todo ello tendría un efecto negativo para los propios trabajadores, pues se desincentivaría su contratación. Las empresas ya no querrían contar con ellos, para evitar el problema de su ausencia de los sábados, advierte Patricia Kcomt.
Por ello para la especialista debería mantenerse la actual situación, donde puede darse un acuerdo entre las partes para no laborar los sábados, en los casos en que resulte viable el descanso de un trabajador ese día, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y el giro del negocio.
Fuente : Diario Gestión