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Sunafil mejora los protocolos de fiscalización

Ante la reciente aprobación de una nueva versión del protocolo de fiscalización en materia de hostigamiento sexual, las empresas tienen la obligación de contar con un sistema de atención e investigación de denuncias en estos casos, así como de garantizar el derecho de los trabajadores a un espacio laboral seguro y libre de violencia de género.

Por ello resulta importante que los empleadores cumplan con la conformación y capacitación de su comité de intervención frente al hostigamiento sexual y área de recursos humanos; la implementación de políticas claras sobre la materia, y la adopción de medidas preventivas y de concientización al respecto, señala un informe legal del Estudio Echecopar.

El documento precisa los cambios dispuestos por la Sunafil al aprobar una segunda versión del protocolo de fiscalización en materia de hostigamiento sexual. “Esta nueva versión recoge pautas sobre denuncias anónimas, la entrega del acta de derechos de la persona denunciante e implementación de medidas de protección, entre otros temas importantes”, señala.

En efecto, entre los puntos claves de esta norma, la entidad precisa sobre las denuncias anónimas. Al respecto, la Sunafil se ratifica en que todas las denuncias anónimas deben atenderse.

Por lo tanto, detalla que la entidad solicitará a los denunciantes autorización para levantar la reserva de su identidad, a fin de que sea más fácil individualizar los hechos y efectuar la inspección laboral. Sin embargo, si la persona afectada decide mantener el anonimato, esta entidad continuará la inspección.

Actuaciones inmediatas

Otro aspecto importante es que la Sunafil priorizará la atención de denuncias sobre hostigamiento sexual y procurará que las actuaciones se inicien el mismo día en que el inspector de trabajo reciba la orden de inspección correspondiente.

Finalmente, siempre que la víctima lo autorice, Sunafil pondrá en conocimiento del servicio Trabaja Sin Acoso la denuncia, con la finalidad de que la víctima reciba el acompañamiento psicológico o legal que requiera.

 

Fuente: Diario El Peruano