Las empresas suelen realizar el reparto de utilidades a sus trabajadores entre los meses de marzo y abril de cada año. No obstante, desde este 2024 ocurrirá un caso especial, pues un grupo de empresas postergará el depósito por dos meses, ¿en qué casos?
El reparto de utilidades está ligado a la declaración anual y pago de impuestos de las empresas, lo cual se realiza entre fines de marzo e inicios de abril, según un cronograma de fechas máximas establecido por Sunat.
Días previos a la declaración anual y pago de impuestos, las empresas realizan el depósito de las utilidades, de manera que este monto pueda luego ser descontado como gasto, al momento de realizar el cálculo del pago del Impuesto a la Renta (IR).
Es por este motivo que si bien la normativa laboral indica que se puede realizar el depósito de las utilidades hasta 30 días después de la declaración anual y pago de impuestos, la mayoría de empresas hace el reparto de utilidades en días previos al cumplimiento de la obligación tributaria, indicaron analistas.
No obstante, desde este año la fecha para el reparto de utilidades se postergará por dos meses en un grupo de empresas. Esto pues a fines del año pasado se promulgó la ley Nº 31940, la cual postergó en dos meses la fecha máxima para la declaración anual y pago de impuestos para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes). En estos casos, el cronograma va desde el 27 de mayo al 11 de junio del 2024.
“Si el vencimiento de la declaración jurada varía, el plazo para llevar a cabo el abono de las utilidades también variaría en el mismo sentido”, subrayó la abogada Fabiola Ruiz, asociada en el área Laboral del estudio Miguel Mur & Abogados.
Cabe recordar que si bien los trabajadores de microempresas no tienen derecho a recibir utilidades, los trabajadores de las pequeñas empresas sí cuentan con este beneficio, siempre que la empresa haya tenido más de 20 trabajadores en el año en que las utilidades se generaron. Asimismo, se consideran pequeñas empresas a las que registren ventas anuales hasta por 1,700 UIT (S/ 8.4 millones, si se toma como referencia la UIT del 2023).
“Las pequeñas empresas sí deben repartir utilidades, siempre que tengan más de 20 trabajadores, generen rentas de tercera categoría y hayan producido utilidades”, remarcó Fabiola Ruiz.
Por su parte Giorgio Balza, abogado tributarista del estudio Cuatrecasas, refirió que si bien la ley Nº 31940 tuvo el objetivo de dar facilidades a las empresas en el pago de sus impuestos, no se previó el efecto indirecto respecto al abono en la repartición de utilidades a los trabajadores.
“En esas empresas, por una consecuencia colateral debido a la prórroga en el pago de impuestos, van a postergar el reparto de utilidades hasta mayo o junio”, remarcó.
“La ley no previó qué pasaría con las utilidades, pues la renta ya se puede calcular desde marzo y las empresas ya podrían haber pagado utilidades”, agregó Giorgio Balza.
El dato. En los casos de las medianas y grandes empresas, el cronograma de pago del IR se mantiene y va del 26 de marzo al 11 de abril del 2024. Por lo tanto, se espera que días previos a esas fechas estas empresas realicen el depósito de utilidades a sus trabajadores, en caso las hayan generado en el 2023.
Fuente : Diario Gestión