Sunat: actas de inmovilización e incautación podrán emitirse con firma digital y electrónica

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó el procedimiento específico “Inmovilización – incautación y determinación legal de mercancías” CONTROL-PE.00.01 (versión 8), con el objetivo de implementar la firma digital y electrónica como mecanismos de autenticación en las actas de inmovilización e incautación electrónica.

La medida, aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000183-2026/SUNAT, busca agilizar los procesos vinculados con el control aduanero y reducir costos para la Administración Aduanera.
La modificación también adecúa el procedimiento a los cambios introducidos por los Decretos Legislativos N.° 1542 y N.° 1711 en la Ley de los Delitos Aduaneros y la Ley General de Aduanas, respectivamente.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, el funcionario aduanero suscribirá el acta con firma digital, mientras que el intervenido o responsable lo hará mediante firma electrónica, previa identificación. El acta será notificada a través del buzón electrónico.
Si existe negativa a suscribir o recibir el acta, sea electrónica o en formato físico, el funcionario dejará constancia de ello tanto en el documento como en el sistema informático de la Sunat.
Fuente: El Peruano