En adelante, las embarazadas tendrán una cobertura inmediata de EsSalud al momento de afiliarse, y ya no tendrán que esperar a tener tres meses de aportes consecutivos. Para los demás afiliados regulares y sus derechohabientes, se mantendrá el actual requisito para acceder a la cobertura: contar con tres meses de aportación consecutivos o con cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes en que se requiere del servicio.
Este cambio se dará debido a que así lo dispone la ley Nº 31469, publicada en mayo del 2022, la cual modificó la ley 26790, ley de modernización de la seguridad social en salud.
El cambio aún no se aplica debido a que está pendiente la modificación del reglamento de la ley de modernización de la seguridad social en salud, en los términos dispuestos por la Nº 31469.
El pasado 23 de septiembre del 2024, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el proyecto de decreto supremo que modificará el citado reglamento y fijó un plazo de 15 días calendario para recibir comentarios.
“El brindar estas atenciones desde el momento mismo de la afiliación, sin esperar el periodo de carencia, reducirían los riesgos para la gestante y el concebido”, destaca el ministerio en la exposición de motivos del proyecto de decreto supremo (resolución ministerial N° 147-2024-TR).
El próximo cambio a implementarse fue saludado por la abogada laboralista Claudia Tolentino, asociada de la firma legal Dentons, ya que ello dará una mejor protección a las gestantes; aunque criticó la demora de dos años del Ejecutivo para implementar la ley. “La ley Nº 31469 dio un plazo de noventa días para adecuar el reglamento, pero se han tomado dos años en hacerlo”, remarcó Tolentino.
Además del acceso a la atención en salud, el cambio también permitirá la cobertura inmediata del subsidio por licencia de maternidad, el cual es cubierto por EsSalud, y también dará acceso a la beneficiaria del subsidio por lactancia, actualmente de S/ 820.
Al respecto, el abogado laboralista Daniel Robles Ibazeta, refirió que el cambio se verá en la cantidad de subsidios solicitados y pagados por parte de los empleadores, quienes se veían imposibilitados de presentar la solicitud de reembolso en los casos en los que no se cumplía el requisito de 3 meses consecutivos y 4 meses en el último semestre. Es decir, que estas solicitudes a EsSalud probablemente aumenten en adelante.
“En cuanto a las gestantes, es importante tener en cuenta que muchas mujeres trabajadoras que ingresaban a laborar a una nueva empresa en estado de gestación, no se veían beneficiadas con la atención de Essalud o el pago de subsidio de maternidad y el de lactancia. Estas trabajadoras entonces estaban en una situación de desprotección, en la cual debían gestionar por sus medios la atención médica y llegar a acuerdos con sus empleadores acerca del tiempo en el cual se iban a ausentar por motivo del alumbramiento”, agregó.
¿Desde cuándo aplicará la cobertura inmediata de EsSalud para las embarazadas, tanto en atenciones en salud como en el acceso a los subsidios? Teniendo en cuenta el plazo de 15 días calendario para recibir comentarios, la norma será publicada y tendrá aplicación inmediata a mediados de octubre o a inicios de noviembre.
Daniel Robles Ibazeta coincidió en que sí es necesario realizar una protección total a la trabajadora y derechohabiente. “Otro problema es respecto a las trabajadoras de las microempresas, quienes se encuentran excluidas de este beneficio. En este caso, se podría modificar la norma para que las trabajadoras de las microempresas no sean excluidas del subsidio por maternidad, realizando un pago equivalente a media remuneración. Ello considerando la situación particular del empleador, sin dejar de lado la protección hacia las trabajadoras”, refirió.
Fuente : Diario Gestión