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Gobierno aprobó reglamento para retiro del 100% de la CTS

El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la ley que autoriza a los trabajadores la libre disposición de hasta el 100% de la compensación por tiempo de servicios (CTS), con el fin de cubrir sus necesidades y las de sus familias por causa de la crisis económica.

Mediante el Decreto Supremo Nº 003-2024-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se emitió la referida normativa que también será difundida en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

La norma indica que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene la potestad de dictar las disposiciones necesarias, en el marco de su competencia, para el cumplimiento del decreto supremo.

Normativa 

El reglamento es de aplicación para los trabajadores del sector privado comprendidos en los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten.

Asimismo, se aplica para los trabajadores de las empresas del Estado que estén sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR.

El reglamento también comprende a los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, y al régimen del servicio civil regulado en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.

Procedimiento 

Los trabajadores pueden disponer libremente, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2024, del 100% de los depósitos de la CTS que tienen acumulados hasta la fecha en las entidades financieras donde tienen su cuenta de CTS.

El reglamento señala que el trabajador puede solicitar el retiro total o parcial del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.

Para ello, se debe solicitar, preferentemente por los canales digitales, que la entidad financiera efectúe el desembolso de la CTS mediante transferencias a las cuentas que el trabajador indique.

Transferencia 

Recibida la solicitud de desembolso, la entidad financiera efectúa la transferencia a las cuentas del trabajador que éste indique en un plazo no mayor de dos días hábiles.

Al respecto, el profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo, recomendó hacer un uso racional del dinero y retirar los fondos en función de nuestras reales necesidades.

Enfatizó que se debe tener presente que la CTS sirve como un fondo para protegernos económicamente ante la posibilidad de caer en desempleo.

“El decreto supremo publicado ayer faculta a los trabajadores activos a retirar su fondo de CTS, lo cual podrá hacerse efectivo a partir de mañana (hoy)”, comentó el docente.

Beneficio

Se estima que aproximadamente cuatro millones y medio de peruanos están a la expectativa de utilizar la CTS liberada. Al respecto, el coordinador de la carrera de Economía de la Universidad San Ignacio de Loyola, José Almerco Palomino, sostiene que la liberación de la CTS impulsaría ciertos indicadores macroeconómicos, como el consumo privado, que creció 0.1% en el último trimestre del 2023.

“Este retiro permitirá a las familias un mayor consumo de bienes y servicios, generando un círculo virtuoso de ingresos que permite un mayor dinamismo o producción y, como resultado, mayor empleo”, afirma Almerco.

Por otro lado, el empleador que incumpla con el depósito de la CTS incurrirá en una infracción grave a la normativa sociolaboral, susceptible de multa por la Sunafil, afirmó la socia de Laboral de CMS Grau, Cecilia Vargas.

La cuantía de la multa dependerá de la cantidad de trabajadores afectados con el incumplimiento, la cual podrá oscilar entre 8,085.50 a 134,518 soles.

Fuente : Diario El Peruano