El esperado pago de las gratificaciones por Fiestas Patrias para los trabajadores del sector privado, mantendrá este año la bonificación extraordinaria del 9% por el pago de Essalud, o de 6.75% en caso estén afiliados, adicionalmente, a una empresa prestadora de salud (EPS).
Así lo remarcó el experto y asociado del estudio Miranda & Amado, Julio Villalobos Huerta, quien anotó que el plazo legal para la entrega de este beneficio vence el próximo 15 de julio, de acuerdo con la Ley de gratificaciones (Ley Nº 27735 y su reglamento – D.S. Nº 005-2002-TR).
Lineamientos Por tanto, para recibir una gratificación completa, el trabajador debe haber laborado durante todo el semestre anterior al mes de julio. Y, para calcular el monto de este beneficio se considerará el ingreso vigente al 30 de junio.
En caso de que el trabajador tenga menos de seis meses en la empresa, Villalobos señala que este recibirá como gratificación una fracción de su sueldo en función de los meses laborados, siempre y cuando tenga como mínimo un mes de permanencia en la compañía.
“Para hacer este cálculo se considerará el mes completo trabajado. Es decir que, si el empleado tiene poco tiempo en la empresa, por ejemplo, ingresó el 25 de abril del 2023, solo se le considerarán los meses de mayo y junio a la hora de realizar el cálculo”, refiere.
ONP
Los trabajadores sujetos a condiciones particulares como acuerdos de remuneración anual o a regímenes laborales especiales, deben verificar las reglas particulares que les son aplicables en la materia.
La entrega oportuna de la gratificación no podrá ser abonada en partes o postergada la fecha de este abono, ya que de hacerlo podrá ser multada con hasta 129,294 soles.
Fuente: Diario El Peruano