La nueva Ley de Teletrabajo, en su artículo 18, señala que los trabajadores pueden solicitar a sus empleadores cambiar de modalidad de trabajo, variando de presencial a remoto, en viceversa, o inclusive adhiriéndose a un trabajo hibrido.
Sin embargo, el empleador puede denegar su solicitud, mediante una carta en la que se justifique su decisión, pero ¿qué exactamente justifica no otorgarle el beneficio del teletrabajo a un trabajador?
Las causales para denegar la solicitud de teletrabajo |
1. Afectación a capacidad de control del empleador |
2. Necesidad de monitoreo |
3. Atención a clientes |
4. Priorización a población vulnerable |
5. Existencia de reuniones dinámicas |
Fuente: Paul Cavalie, profesor de la Pontificie Universidad Católica del Perú (PUCP) y Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama. |
Las causales para denegar la solicitud de teletrabajo
1. Afectación a capacidad de control del empleador
Según explica Paul Cavalie, profesor de la Pontificie Universidad Católica del Perú (PUCP), la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) podría encontrar válidas las razones que justifiquen que el trabajo a distancia podría afectar la calidad de la facultad de control del empleador.
2. Necesidad de monitoreo
Cavalie señala que considera una razón válida la denegatoria de otorgar el derecho a trabajar de manera remota si la vinculación con el trabajador exigiera de la coordinación, monitoreo y evaluación cercana y de medidas correctivas para la mejor atención a los terceros que deban realizarse con inmediatez presencial.
3. Atención a clientes
En ese mismo sentido, Cavalie recalca que el empleador podría denegar el pedido si considerara importante que las tareas de atención a sus clientes o proveedores requirieran de un trato personalizado del trabajador hacia estos.
4. Priorización a población vulnerable
Se le podría denegar el beneficio del teletrabajo a un empleado fundándose en la prioridad del empleador para atender a las poblaciones vulnerables, como personas en situación de discapacidad, gestante, en periodo de lactancia, al cuidado de niños o de adultos mayores, dice el abogado.
En ese sentido, si una gran cantidad del personal ha sido enviado a laborar desde casa por ser población de riesgo, resultaría adecuado que otros asistan de manera presencial para “compensar” la lejanía de los trabajadores priorizados.
5. Existencia de reuniones dinámicas
Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, señala que una razón por la cual se le podría negar a un trabajador ir al teletrabajo es la existencia de reuniones dinámicas donde hay intercambio de información rápido entre los trabajadores que se encuentran en el lugar de trabajo.
“No se aplicaría lo mismo si es que la reunión se viene realizando por una plataforma digital”, agrega Toyama. Si hay una costumbre de que la reunión se realice parcialmente por una plataforma y parcialmente de manera presencial habría la posibilidad de otorgarle al trabajador un teletrabajo parcial.
Fuente: Diario Gestión