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Si trabaja en Semana Santa sepa cuánto más podrían pagarle

(Foto: Freepik)

Este año no habrá fin de semana puente por lo que el tratamiento especial solo será para los días jueves y viernes santo.

Faltan pocos días para la Semana Santa, por ello en esta nota recordaremos el tratamiento especial que tienen estos días al momento de calcular el pago si debe laborar.

Serán días feriados por Semana Santa el próximo jueves 1 de abril y viernes 2 de abril.

A diferencia de otros años, no habrá fin de semana puente, el sábado 3 de abril será un día laborable, por lo que el tratamiento especial solo será para los días jueves y viernes santo.

Si en alguno de esos días –o en los dos- la empresa requiere que un trabajador labore, deberá pagarle con una sobretasa o compensarle con un día de descanso posterior, indicó Carlos Espinoza, laboralista del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas.

En el caso del pago adicional, este será equivalente a dos sueldos diarios.

Por ejemplo, si una persona tiene un sueldo de S/ 1,000 al mes, ello significa que gana S/ 33.3 al día.

Si trabaja el jueves santo, a fin de mes además de los S/ 1,000 ordinarios, recibirá un pago adicional de S/ 66.6, señaló Espinoza.

“Pero si se da un descanso compensatorio, el trabajador ya no recibirá el pago adicional”, remarcó el especialista.

Asimismo, aclaró que este tratamiento se da sin diferenciar si el trabajo es realizado de forma presencial o vía remota.

Espinoza además refirió que será la empresa la que en última instancia decida si a cambio de trabajar en feriado dará un pago adicional o un descanso compensatorio.

Por otro lado, debido a que para los días de Semana Santa el Gobierno ha normado restricciones de movilización y para realizar ciertas actividades económicas, Espinoza sostuvo que las empresas solo pueden obligar a trabajar el jueves o viernes santo en dos escenarios:

“Solo si la empresa desarrolla una actividad que será permitida en Semana Santa o si el trabajo se realizará de forma remota. Por ejemplo, en una tienda de calzado no se puede obligar a trabajar esos días pues es una actividad que no estará permitida”, anotó.

 

Fuente: Diario Gestión