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Sunat inaplica norma tributaria de Comunidad Andina: podría estar incurriendo en discriminación

Nuevo informe se pronuncia sobre aplicación de Decisión 578 con relación a transferencia de acciones peruanas como consecuencia de reestructuraciones de empresas. Sepa los detalles.

Dentro de la Comunidad Andina existe la Decisión 578, la cual señala, en su artículo N° 18, que ningún país miembro aplicará a las personas domiciliadas en los otros países miembros, un tratamiento menos favorable que el que aplica a aquellas domiciliadas en su territorio. Es decir, si una ley peruana otorga una condición favorable a un contribuyente peruano, dicha condición también debe ser otorgada también a todos los contribuyentes de Colombia, Ecuador y Bolivia.

 

Fuente : Diario Gestión