En el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca otorgar más beneficios a los trabajadores del Estado que laboran bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS). En los últimos años los trabajadores CAS han accedido a algunos beneficios laborales, como el contar con 30 días de vacaciones y licencias de maternidad y paternidad. No obstante, aún no cuentan con beneficios como la CTS, bonificación por escolaridad, gratificaciones equivalentes a una remuneración, entre otros.
La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó un dictamen que les otorga varios beneficios laborales a los trabajadores CAS, de forma similar a los que existen en otros regímenes del Estado.
Así, entre los principales beneficios laborales de la propuesta legislativa figuran el acceso a una línea de carrera, escala remunerativa, licencia por el día de onomástico (siempre que la entidad
donde labore haya establecido en su normativa interna el mismo beneficio para los demás servidores). Asimismo, se otorgan gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad (sueldo completo), CTS (equivalente al 100% de una Remuneración Mínima Vital -RMV- por año de servicio), subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio (equivalente a dos remuneraciones mensuales), bonificación por escolaridad y asignación familiar (no menos al 10% de una RMV).
El dictamen agrega que lo dispuesto será de aplicación para todas las instituciones del sector público, en los tres niveles de gobierno: Poder Ejecutivo, gobiernos regionales, municipalidades provinciales, municipalidades distritales, Poder Judicial, Poder Legislativo, organismos autónomos, entidades adscritas y demás entidades, organismos, proyectos especiales y programas estatales.
Asimismo, la iniciativa legislativa señala que será el Poder Ejecutivo el que establecerá el reconocimiento de los nuevos derechos de los trabajadores CAS, de forma progresiva, y en un plazo que proponga.
El dictamen fue aprobado en la Comisión de Trabajo el pasado 4 de junio, pero el texto final recién fue publicado el 13 de junio. Ahora deberá ser debatido en un próximo pleno del Congreso. Ello recién ocurriría en la siguiente legislatura del parlamento, a partir de agosto.
Al respecto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en un informe enviado a la Comisión de Trabajo del Congreso, se mostró contrario a la propuesta, ya que afectaría el proceso de implementación del Régimen del Servicio Civil (Servir). Y también mostró su preocupación por el alto costo de recursos que demandaría al Estado. Así, estimó que se generaría un gasto anual de S/ 2,255 millones, solo tomando en cuenta cuatro nuevos beneficios: gratificaciones, CTS, escolaridad y subsidio por fallecimiento (ver cuadro).
En un anterior informe publicado por Gestión, se reportó que hasta el 2022 se registraban alrededor de 375,000 trabajadores CAS, con un costo anual de S/. 14,000 millones, el 21% del costo de toda la planilla pública (Gestión 11.12.2023).
¿Camino equivocado?
La medida resulta contraproducente, no solo debido al alto costo que demandaría, por lo que sería insostenible financieramente, sino porque también se desvirtúa el objetivo del régimen CAS, indicaron analistas consultados para esta nota.
“El CAS tiene una estructura distinta a los otros regímenes. Se postula y accede a determinada plaza, no a una línea de carrera”, refirió Daniel Paniura, abogado laboralista del Estudio PPU.
Agregó que para buscar solucionar la problemática del régimen CAS, se debe impulsar la migración de estos trabajadores hacia el régimen de Servir. “Allí sí se cuenta con línea de carrera, escala remunerativa y otros derechos”, anotó Paniura.
«El CAS se creó como un régimen temporal, para luego transitar al régimen de Servir, pero esto no ha prosperado y por ello seguimos con el problema del CAS», indicó por su parte la abogada laboralista Gloria del Carmen Rodríguez, quien ha sido jefa de recursos humanos en varias entidades del Estado.
No se beneficiarían todos los CAS
Gloria del Carmen Rodríguez también advierte que el dictamen, tal como está redactado, generaría un trato discriminatorio entre los mismos trabajadores CAS, ya que no se beneficiaría a todos.
Así, el dictamen señala que para acceder a los beneficios mencionados, entre los requisitos figuran el haber ingresado por concurso público en el marco del Decreto Legislativo 1057 (régimen CAS) y encontrarse comprendido en la Ley 31131, que establece disposiciones para erradicar la discriminacion en los regímenes laborales del sector público.
Cabe recordar que con la ley 31131, emitida en marzo del 2021, se estableció que los contratos de los trabajadores CAS vigentes hasta esa fecha, adquirían el carácter de indeterminados. Mientras que los CAS contratados de manera posterior a esa fecha son considerados CAS ‘temporales’.
Entonces, con el primer requisito, se excluyen de los beneficios a los CAS designados por confianza, en su mayoría para puestos directivos, indicó Gloria del Carmen Rodríguez. Mientras que con el segundo requisito se excluye de los beneficios a los CAS ‘temporales’.
“Todos los trabajadores CAS deberían tener los mismos beneficios. Si estos se van a ampliar, debe ser para todos, no se puede discriminar a los de confianza o a los temporales. El proyecto está mal elaborado», anotó.
Mas proyectos con beneficios para los CAS
El reciente dictamen aprobado en la Comisión de Trabajo es un capítulo más en el largo proceso impulsado en el Congreso para el reconocimiento de más derechos de los trabajadores CAS.
Si solo mencionamos las iniciativas de este año, tenemos que en enero la Comisión de Trabajo aprobó un dictamen que otorga a los trabajadores CAS el acceso a una línea de carrera, escala remunerativa y licencia por el día de onomástico. Además, en febrero la citada comisión aprobó otro dictamen que incorpora a los trabajadores CAS de Sunafil al régimen del Decreto Legislativo 728, similar al régimen de la actividad privada (ambos dictámenes están pendientes de ser debatidos en el pleno del Congreso).
Asimismo, en abril el pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el permitir que los trabajadores CAS, cuando asuman un cargo de confianza, puedan acceder a la mayor remuneración de ese puesto, hasta que culmine la designación y retornen a su posición de origen (está pendiente la segunda votación en el pleno).
En mayo la Comisión de Trabajo aprobó un dictamen que deroga el régimen de Servir (medida pendiente de verse en el pleno). Y en junio el pleno del Congreso aprobó por insistencia el nombramiento del personal CAS administrativo en el Ministerio de Salud.
Fuente : Diario Gestión